A la pregunta al gobierno realizada por los senadores del grupo parlamentario socialista D.Francesc Antich y José Antonio Machado, el gobierno responde:
La sanción disciplinaria impuesta a un Coordinador de Programación y Operaciones del Aeropuerto de Palma de Mallorca fue motivada por el incumplimiento de sus funciones, notificando un caso que no se había producido en los términos que él indicó, ya que el contenido de la comunicación que envió a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea no se ajustaba, en absoluto, a la realidad de lo sucedido, además de no seguir el procedimiento establecido para dichos sucesos.
Por tanto, el gobierno confirma que Aena sancionó (así lo reconocen) al trabajador como consecuencia de realizar una notificación a AESA...
el Gobierno afirma, además (aunque no lo explica), que dicho suceso no se había producido en los términos que el trabajador indicó y que no se ajustaba, en absoluto, a la realidad de lo sucedido: es decir, que todo lo que se notificó era mentira.
Para verter un poco de luz en el caso, ya que tal afirmación carece de toda fundamentación, nos vemos en la obligación de incluir el texto íntegro de la notificación:
Eso es todo. Esta notificación es la que motiva la apertura de expediente disciplinario y posterior sanción de 31 días de empleo y sueldo, por falta muy grave. Fíjense que dice "Notas sobre la emergencia..." No denuncia, ni nada por el estilo. Se trata, simplemente, de que, quien proceda, aplique, si así lo cree oportuno, las medidas correctoras pertinentes: 31 días de empleo y sueldo, problema resuelto. Hala, a ver quien es el guapo que hace otra notificación!
Hay que añadir, que la notificación realizada, fue leída por el Jefe de Departamento de Operaciones (y por un TPO, por lo menos), antes de que se enviara, para confirmar que no había ninguna incorrección o impropiedad: Su respuesta final fue: Sí, sí, ¡Envíala!
El “Anexo I. Personal mínimo por dependencias” de la Instrucción Técnica (IT00011) de Aena-Aeropuerto de Palma regula que los mínimos de servicios diarios del 1 de abril al 31 de octubre en operaciones son 8 TPO de las 07:00 a las 24:00, el 18/06 sólo entraron 7 TPO de servicio, como se puede comprobar fácilmente en el cuadrante de turnos. Una novedad impuesta de un turno para otro.
Estos mínimos se establecieron así para garantizar como mínimo 5 TPO ocupando posiciones operativas en todo momento, hecho que se recoge en una directriz marcada por el anterior jefe de Departamento de Operaciones, enviada por e-mail a todos los trabajadores de la dependencia, con copia al anterior jefe de División: “...De igual manera, y debido al aumento de la carga de trabajo, es necesarío que durante el turno de día esten operativos un mínimo de 5 Tecnicos y que se cubran de forma permanente los puestos de, Preparación de Datos, Medios, Llegadas y COM-AIS-ARO. El puesto de salidas, deberá cubrirse siempre que la carga de trabajo no pueda ser absorbida por otro puesto.”
El actual Jefe de Departamento de OPS, también, ha confirmado este mínimo en sala de 5, aunque dada la actual imposición de RR.HH. de bajar el mímino a 7, se permiten 4 en determinados momentos (se hacen 3 grupos para las comidas), ya que “comer, se tendrá que comer”.
Quizá el motivo del expediente haya que buscarlo en el e-mail que la Jefa de División de Operaciones envió al trabajador: “Debido a la difusión del mail de abajo, ya me han pedido explicaciones”. No porque esté mal, o sea incorrecto, sino por enviarlo a quien se envió. Además, en el e-mail se requiere ampliar la información de la notificación, para redactar un informe. Solicitamente (ya acabado su turno), el trabajador proporcionó toda la información adicional que se demandaba en ese e-mail, y en otro más, que recibió más tarde. Aunque, en este caso, lógicamente, la información sólo se envió a nivel interno. Curiosamente, nada se dice de que lo notificado sea incorrecto o falso. Ni tan solo se intuye. La incoación del expediente tampoco lo dice. Parece algo que se hayan inventado más tarde, para poder sancionar al trabajador.
El trabajador cumple con lo establecido, y envia la notificación. Dado que el aeropuerto de Palma tiene un sistema propio de gestión de la seguridad operacional, tal y como establece el PMI-PGS-08 (Comunicaciones en Materia de Seguridad Operacional), envia la notificación al responsable del SGSO (Miguel Campaner) y al Jefe de Departamento de Seguridad Aeronáutica (Manuel Martínez) y, envía copia, de acuerdo con lo que se establece en la EXA42 (Instrucción Operativa de Notificación Obligatoria de Sucesos en la Aviación Civil) de Aena y la IT00154 del Aeropuerto de Palma a: Jefatura del CEOPS (Borja Ciprian y Eva Valenzuela) y Dirección del Aeropuerto (José Antonio Álvarez). Además, se envió directamente a AESA, de acuerdo con el RD1334/2005 y la propia Guía de Notificación de Sucesos de AESA ¿Dónde se incumple el procedimiento? Por supuesto, si Aena opina que "estas cosas" no hay que notificarlas, es normal que se opine que se incumple por el mero hecho de notificar...
Quién no sigue el procedimiento establecido es Aena, que usa ese correo electrónico para expedientar al trabajador, vulnerando la preceptiva confidencialidad de la notificación y además ignora su propia norma, no respondiendo, jamás, al trabajador sobre las actuaciones llevadas (o no) a cabo, salvo el expediente, claro.
-Ha quedado acreditado que el trabajador tenia servicio de 08:00 a 20:00. FALSO. El trabajador estaba sólo de 08:00-14:00, puesto que tenía horas sindicales, era otro Coordinador el que estaba de 08:00 a 20:00.
-Ha quedado acreditado que se decretó una emergencia aérea sobre las 07:18 UTC y finalizó a las 07:50 UTC. FALSO. La emergencia se declaró (no decretó) a las 07:26 UTC y se da por finalizada a las 07:36. Se ve que los números no son lo suyo. Si en algo tan simple y fácil de comprobar, como estos dos puntos, Aena "acredita" hechos inciertos ¿Qué podemos esperar?
-Ha quedado acreditado que en el momento de producirse la emergencia se encontraban en el CEOPS, 5 Técnicos. FALSO. Había 4, según consta en declaración del propio trabajador y en declaración jurada de un Coordinador de otra dependencia, que se encontraba en la sala. Información, por otra parte conocida por el Instructor del expediente. Lo dicho, Aena tiene un problema con los números.
-Ha quedado acreditado que los trabajadores tal y cual se hicieron cargo de la emergencia. FALSO. En las informaciones internas que se redactaron ese mismo día, los datos no coinciden con lo que afirma el instructor ¿Se lo inventa para justificar que había más personas de las reales?.
-Ha quedado acreditado que la emergencia se desarrolló y resolvió sin incidencia alguna, y sin afectar ni a la seguridad operacional, ni a la operativa habitual del Aeropuerto. FALSO. Una cosa es que la emergencia acabara bien y tuviera un desarrollo correcto y se mantuvieran "bajo control" las posibles incidencias sobre la seguridad operacional (cosa que debería acreditar AESA, no el instructor, ni nosotros, por supuesto) y otra muy distinta es que no hubiera ninguna afectación a la operativa habitual del aeropuerto. Basta leer el informe de la emergencia, para darse cuenta de lo contrario.
Y la guinda del pastel: “Ha quedado acreditado, que las emergencias que se presentan en el Aeropuerto, como la que tuvo lugar el pasado día 18 de junio de 2013, que fue resuelta sin incidencia alguna y sin afectar a la operativa diaria, no se exige que se realice ningún tipo de notificación, ni a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, AESA, ni al Responsable de Seguridad Operacional del Aeropuerto...” Esto, junto con la que ya citábamos en un artículo anterior, de “el envio del citado correo a un organismo del estado como la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) acredita la existencia de una conducta desleal y transgresora de la buena fe contractual por parte del trabajador al quebrantar la reciproca lealtad y confianza que el contrato de trabajo impone rompiendo la buena fe...”
Sólo por estas dos frases "acreditadas", (digan lo que digan luego) se ve cuál es la preocupación de Aena por la Seguridad Operacional...
Juzguen ustedes quién miente. Para más Inri, recientemente se ha publicado una nueva respuesta donde, además, no sólo dicen lo mismo que en esta, sino que añaden que lo hecho (la mentira) fue, además, intencionada... cosa que deben de haber probado con algún tipo de artilugio extraterrestre. Sin comentarios.